Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
07-09-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130907-60

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

60
Ejecución 107 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 107 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edwin Bernardo Flores Camacho, frente a “Vianey Construcciones y Decoración, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 3 de febrero de 2012.

Constatado el error producido en la remisión del exhorto de fecha 24 de julio de 2009, se procede a notificar a la demandado en el domicilio aportado en los autos. Visto el estado de las actuaciones, dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial, y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón.—En Madrid, a 28 de mayo de 2012.

Visto el estado de las actuaciones y no constando la notificación de la resolución al Fondo de Garantía Salarial de fecha 3 de febrero de 2012, reitérese por si hubiera sufrido extravío.

Habiendo sido negativa la notificación a la ejecutada en el presente procedimiento “Vianey Construcciones y Decoración, Sociedad Limitada”, de la resolución de fecha 3 de febrero de 2012, remítase mediante exhorto al Juzgado de Paz de El Casar (Guadalajara).

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 3.300 euros de principal, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Vianey Construcciones y Decoración, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquense a la empresa demandada las resoluciones de fechas 3 de febrero de 2012 y 28 de mayo de 2012, así como esta resolución, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vianey Construcciones y Decoración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.349/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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