Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
13-09-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130913-59

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUSTARVIEJO

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Padrón impuesto actividades económicas 2013

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se notifica que el padrón correspondiente al impuesto sobre actividades económicas del año 2013 se encuentra expuesto al público en el Negociado de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, en la Casa Consistorial, a disposición y consulta por parte de los contribuyentes, a fin de que los interesados legítimos puedan examinarlos y, en su caso, formular el recurso de reposición regulado en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales ante el alcalde.

Asimismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace saber que el período de pago voluntario de los recibos del impuesto mencionado comprenderá los días 15 de septiembre a 15 de noviembre de 2013, ambos incluidos.

Los contribuyentes podrán realizar el ingreso a través de las siguientes entidades de depósito y los días del período referido que sean laborables para las mismas durante las horas de caja, “Bankia” (oficina de Bustarviejo), “Banesto” (oficina de Bustarviejo), “Banco Santander” (oficina de Manzanares el Real) y “Bankinter” (oficina de Alcobendas).

Finalizado el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio, con el devengo del recargo correspondiente, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, todo ello con arreglo a lo establecido en el artículo 69 y siguientes del Reglamento General de Recaudación.

Los contribuyentes podrán hacer uso de la modalidad de ingreso en período voluntario que determina el artículo 38 del citado reglamento, por domiciliación de pago y gestión de abono en entidades bancarias autorizando a estas para tal fin. A tal efecto se pone en conocimiento de quienes hubieran optado por esta modalidad que el cargo en cuenta de los recibos domiciliados se realizará el día 15 de octubre de 2013. Los contribuyentes que en la citada fecha no dispusieran en la cuenta de domiciliación del saldo suficiente para atender al pago podrán hacerlo presentándose en cualquiera de las oficinas bancarias citadas, en período voluntario hasta el 15 de noviembre de 2013, inclusive.

El contenido de este bando tiene efectos desde la fecha de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Bustarviejo, a 12 de agosto de 2013.—El alcalde, Juan Antonio Sacaluga Luengo.

(02/6.033/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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