Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 219

Fecha del Boletín 
14-09-2013

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130914-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA

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RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2013, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura, por la que se da publicidad al acuerdo alcanzado por la empresa “Seguma Seguridad, Sociedad Anónima”, y representantes legales de los trabajadores (PCM-521/2013).

Vista el Acta de la Mediación entre las citadas partes, que ha tenido lugar ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de dicho Instituto y en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General

RESUELVE

Proceder a la publicación obligatoria y gratuita del presente Anexo, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de julio de 2013.—La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.

Expediente número: PCM-521/2013.

En Madrid, a las nueve y cuarenta y cinco horas del martes 16 de julio de 2013.—Ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, compuesto por:

Presidente: Don Carlos González López.

Vocal: Don Justino Ramírez Torres.

Vocal: Doña María Josefa Jiménez Manzano.

Secretario: Don Antonio Chico Fernández.

Ha sido presentada solicitud de conciliación y mediación, registrada en la sede del Instituto con fecha martes 9 de julio de 2013, para conocer del expediente citado.

De una parte constan como citados y comparecen:

Don Ignacio Díaz-Jares Crespo, en calidad de representante legal.

“Seguma Seguridad, Sociedad Anónima”; con domicilio en carretera Fuencarral-Alcobendas, kilómetro 3, polígono industrial “La Moraleja”, Alcobendas.

De otra parte constan como citados y comparecen:

Don Luis Bernal Ruiz, en calidad de representante FSP-CC OO Madrid.

Don Francisco Javier Magdaleno de la Fuente, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Don Jesús Fernández García, en calidad de representante legal de los trabajadores.

Exposición de los hechos que son origen del conflicto, según escrito introductorio presentado por don Félix Carrión Jimeno, como representante de la FSP CC OO de Madrid

ABIERTO EL ACTO

Las partes se someten expresamente al procedimiento de conciliación y mediación del Instituto Laboral para el conflicto objeto del presente acto.

La parte solicitante manifiesta su posición en el sentido de ratificarse en el contenido de su escrito introductorio.

Concedida la palabra a la representación empresarial, manifiesta su postura.

Realizado el acto de conciliación entre las representaciones antes mencionadas, se da por finalizado con el resultado de

CON AVENENCIA

En los siguientes términos:

1. La subida de convenio del año 2012 empezará a aplicarse a partir de julio de 2013, prorrateado en doce mensualidades.

2. La subida de convenio del año 2013, se empezará a aplicar a partir de julio de 2013 y los atrasos devengados de enero a junio de 2013 se prorratearan hasta el 31 de diciembre de 2013.

3. En el supuesto de abandono de la empresa por parte de un trabajador, a este se le abonará la totalidad de los atrasos. La cuantía de los trabajadores que abandonen la empresa no podrá ser superior al 10 por 100 de la plantilla, de lo contrario se abonarán los atrasos prorrateados según el pacto.

El acuerdo adoptado por las partes aquí presentes tiene la misma eficacia que lo estipulado en convenio colectivo y pone fin al conflicto con la obligación de cumplir lo que en el se establece.

El presente acuerdo tiene fuerza ejecutiva entre las partes intervinientes sin necesidad de ratificación ante el Juez o Tribunal, pudiendo llevarse a efecto por el trámite de ejecución de sentencias, en virtud de lo previsto en el artículo 68 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Leída el acta, que encuentran conforme, la firman los interesados ante el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid, y se entrega la correspondiente copia certificada, a las diez y quince horas del día de hoy.—El secretario suplente (firmado).

(03/27.673/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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