Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
20-09-2013

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130920-36

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BRUNETE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

36
Delegación atribuciones de Alcaldía

En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 43, 44, 112 y 114 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público para general conocimiento que el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Brunete ha dictado decreto de 22 de agosto de 2013, que se transcribe literalmente a continuación:

“Constituida la nueva Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de junio de 2011, como consecuencia de las elecciones locales celebradas el día 22 de mayo de 2011, mediante decreto de Alcaldía 502/2011, de 13 de junio, se procedió a la designación de miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, así como delegación de atribuciones de Alcaldía en este órgano colegiado.

Considerándose necesario la delegación de las atribuciones que esta Alcaldía dispone en materia de urbanismo en la Junta de Gobierno Local, y en virtud de las competencias que me confiere la legislación de Régimen Local, resuelvo:

Primero.—Modificar parcialmente el decreto de Alcaldía 502/2011, de 13 de junio, en lo que respecta a la delegación de atribuciones en la Junta de Gobierno Local, de tal forma que las atribuciones que se delegan por la Alcaldía en la Junta de Gobierno Local queda establecida de la siguiente manera:

— Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Ayuntamiento Pleno.

— La aprobación de los instrumentos de gestión urbanística.

— El otorgamiento de licencias de obra mayor, primera ocupación y proyectos de urbanización.

— El otorgamiento de licencias de segregación o declaraciones de su innecesariedad.

— Expedientes de contrataciones y concesiones dentro de los límites establecidos en la disposición adicional segunda, apartado 1, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

— Adquisición de bienes y derechos y enajenación del patrimonio en los términos de la disposición adicional segunda, apartado 1, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

— Aprobación de bases de las pruebas para selección de personal y para concursos para la provisión de puestos de trabajo.

— Ejercicio de acciones judiciales y administrativas.

Segundo.—Modificar el decreto de Alcaldía 502/2011, de 13 de junio, en cuanto a la periodicidad de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local que se celebrarán los jueves de cada dos semanas a las diez horas en la Sala de Juntas, sin perjuicio de que Presidencia pueda adelantar o retrasar la fecha y/o la hora de celebración de la sesión, dentro de los dos días hábiles que la sigan o precedan, sin que por ello pierda la sesión su condición de ordinaria, lo que deberá justificarse en el expediente.

Tercero.—Comunicar el contenido del presente decreto a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que celebre, a los efectos de su aceptación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Cuarto.—La presente resolución surtirá efectos desde el día 2 de septiembre de 2013, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su notificación a los afectados.

Quinto.—Publicar el contenido del presente decreto en el tablón de edictos de la Corporación y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Sexto.—Dar cuenta del presente decreto al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión que celebre, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 44.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre”.

Brunete, a 23 de agosto de 2013.—El alcalde-presidente, Borja Gutiérrez Iglesias.

(03/27.602/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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