Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
20-09-2013

Sección 2.111.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130920-19

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Servicio Público de Empleo Estatal

Subdirección General de Políticas Activas de Empleo

19
Expediente subvención de formación continua

La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha dictado resolución, de 15 de junio de 2013, que acuerda declarar responsable subsidiario a don Jesús Francisco Rodríguez Muñoz, con DNI número 2871568-H, de la obligación de reintegrar la cantidad de 206.142,43 euros, referente al expediente de subvención de formación continua número F20023177 y F20032323, correspondiente a la deudora principal “Ceviss. S.S.”, con CIF número B-80086911, que pasó a denominarse “Tecsegur Vigilancia, Sociedad Limitada”.

Habiéndose intentado infructuosamente la notificación en el domicilio en dos ocasiones, conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a su publicación.

El interesado tiene a su disposición una copia íntegra de lo citada resolución en las dependencias de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal, en la calle Torrelaguna, número 56, 28027 Madrid.

La deuda declarada deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta del “Banco de España” IBAN ES49 9000 0001 2002 0340 5113, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, con indicación expresa del número de expediente a que se refiere.

De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Contra la citada resolución el interesado podrá interponer recurso de alzada ante la Ministra de Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La interposición de recurso de alzada no suspende la ejecución de la obligación de reintegro.

Madrid, a 26 de junio de 2013.—La subdirectora general adjunta de Políticas Activas de Empleo, Begoña Arranz Sebastián.

(02/5.960/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.111.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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