Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 224

Fecha del Boletín 
20-09-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130920-93

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

93
Procedimiento ordinario 24 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 24 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Gil Martín, frente a “Distribuidora Magallanes, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:

Decreto

Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 31 de enero de 2013.

Parte dispositiva:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Jesús Gil Martín, frente a “Distribuidora Magallanes, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.

2. Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria la audiencia del día 17 de febrero de 2014, a las nueve y diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado sita en la calle Princesa, número 3, segunda planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se requiere a la parte actora para que, de conformidad con lo establecido en el artículo 81.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, cumplimente lo establecido en el artículo 80.1 de dicha Ley, bajo apercibimiento de archivo.

Asimismo, se le requiere para que en el plazo de quince días hábiles aporte acta del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

De no cumplimentar dichos requerimientos, se procederá al archivo y se dejará sin efecto el señalamiento.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en el cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, en calle Orense, número 19.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los veinte dígitos obligatorios 0030/1143/50/0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Distribuidora Magallanes, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.440/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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