Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 227

Fecha del Boletín 
24-09-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130924-118

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2

118
Ejecución 184 de 2013

EDICTO

Don José Ramón Rubia Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Jaén.

Hace saber: que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 184 de 2013, a instancias de la parte actora, don Manuel Jesús Camacho Carrillo, contra “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de 31 de julio de 2013, en cuyas respectivas partes dispositivas se contiene el tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a despachar ejecución a instancias de don Manuel Jesús Camacho Carrillo, frente a “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, en cantidad suficiente a cubrir la suma de 2.155,36 euros en concepto de principal, más la de 431 euros calculadas para intereses y gastos .

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días a su notificación.

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el ilustrísimo señor don José Antonio Lucini Nicás, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Jaén. Doy fe.—El secretario (firmado).—El magistrado-juez (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado.—Doy fe.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Se declaran embargados, vía telemática, como propiedad de la ejecutada “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, las cuentas bancarias y posibles devoluciones de AEAT hasta cubrir la cantidad reclamada de principal por importe de 2.155,36 euros, más la cantidad de 431 euros en concepto de costas e intereses.

2. Recábese información patrimonial de la ejecutada a través del punto neutro judicial.

3. En el supuesto de ingreso de las cantidades reclamadas, se deberá llevar a cabo en la entidad bancaria “Banesto”, número de cuenta 2046 0000 64 0184 13.

4. Líbrese el oficio interesado por el ejecutante, a los fines igualmente interesados.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de tres días, mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (artículo 454 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Auxiliares, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Jaén a, 31 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.813/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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