Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2013

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130926-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

69
Encomienda gestión aparcamiento

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la encomienda de gestión realizada por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con la “Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Rozas de Madrid, Sociedad Anónima” (en adelante, EMGV, S. A.), para la realización de los trabajos que se indican en la cláusula primera de las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto de la encomienda y régimen jurídico.—El presente convenio tiene por objeto la encomienda de la gestión del aparcamiento subterráneo de la calle Constitución a favor de la EMGV, S. A., en cuanto hace a la realización de las tareas de regulación de los accesos, limpieza, mantenimiento, percepción de tarifas y demás necesarias para el funcionamiento del mismo. La encomienda efectuada no supone la cesión de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.

Segunda. Presupuesto e importe de la encomienda.—El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid no aportará importe económico alguno por la correcta ejecución de la encomienda.

Tercera. Condiciones generales de la encomienda.—Se fijan las siguientes condiciones básicas:

— Como máximo, la primera hora será gratuita, por día y vehículo.

— Deberá regular el acceso de los vehículos de los empleados públicos que prestan servicio en la Casa Consistorial, en horario laboral, quedando, fuera de dicho período, sometidos al régimen general de tarifas.

— Se autoriza la prestación de servicios terciarios que sean compatibles con la normativa de aplicación. El horario de apertura del aparcamiento será de veinticuatro horas, de lunes a domingos, sin que pueda cerrarse en ningún momento, salvo por casos de peligro o siniestro, o para ejecutar obras u otras causas justificadas adecuadamente.

La EMGV, S. A., se responsabilizará del mantenimiento y buen estado de las instalaciones hasta el momento de finalización de esta encomienda.

Cuarta. Duración y vigencia de la encomienda.—El presente convenio desplegará su eficacia el día 1 de octubre de 2013 y tendrá vigencia de cuatro años.

Las Rozas de Madrid, a 12 de septiembre de 2013.—El alcalde-presidente, PD (decreto 1681/2013, de 7 de junio), el concejal-delegado de Hacienda y Régimen Interior, José Luis Álvarez de Francisco.

(03/28.903/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130926-69