Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
26-09-2013

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130926-70

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

70
Encomienda gestión viviendas

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la encomienda de gestión realizada por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid con la “Empresa Municipal de Gestión Urbanística y Vivienda de Las Rozas de Madrid, Sociedad Anónima” (en adelante, EMGV, S. A.), para la realización de los trabajos que se indican en la cláusula primera de las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto de la encomienda y régimen jurídico.—El presente convenio tiene por objeto la encomienda de gestión a la EMGV de la realización de informe que contenga, de forma pormenorizada para cada una de las viviendas de titularidad municipal (29 viviendas situadas en las calles Jabonería, portales número 9, 11 y 13; Trujillo, portal 3; Almudena, portales 39, 41, 43 y 45; Plasencia, portal 5, avenida de Doctor Toledo, portal 36; Barrio de la Suiza, número 24, y calle Ramón Muncharaz, número 10, todas ellas ocupadas con diversos títulos), la información necesaria para determinar el cumplimiento o incumplimiento de las obligaciones asumidas por los ocupantes al momento de entregarles la vivienda, de acuerdo con el título que legitima la ocupación, incluyendo el estado de pago de rentas, actualización de contratos y demás trámites administrativos. La encomienda efectuada no supone la cesión de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, siendo responsabilidad del Ayuntamiento dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integre la concreta actividad material objeto de la encomienda.

Segunda. Presupuesto e importe de la encomienda.—El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid no aportará importe económico alguno por la correcta ejecución de la encomienda.

Tercera. Condiciones generales de la encomienda.—La EMGV, S. A. contará con la colaboración municipal, a fin de controlar el pago de las rentas, la cancelación de cargos, los ocupantes de las viviendas y demás labores de control.

Cuarta. Duración y vigencia de la encomienda.—El presente convenio desplegará su eficacia desde el día de su aprobación y tendrá vigencia de dos años, prorrogable hasta alcanzar un máximo de cuatro años.

Las Rozas de Madrid, a 12 de septiembre de 2013.—El alcalde-presidente, PD (decreto 1681/2013, de 7 de junio), el concejal-delegado de Hacienda y Régimen Interior, José Luis Álvarez de Francisco.

(03/28.904/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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