Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 231

Fecha del Boletín 
28-09-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130928-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

34
Ejecución 266 de 2012-J

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 266 de 2012-J de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Claudia Milena Escobar Santa, don Francisco Javier Rodríguez Cruz y doña Nancy Margoth Ordóñez Pineda, frente a “Serycur, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado el decreto de insolvencia de fecha 12 de julio de 2013 siguiente:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 22.158,40 euros de principal, 2.215,84 euros de intereses y 2.215,843 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Serycur, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aun pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución, hágase entrega mediante la remisión por correo postal de copia sellada de la demanda, y de los testimonios de las resoluciones necesarias a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial, sin que sea necesario su solicitud por escrito.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0266/12.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial, Enrique Raldón López.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Serycur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.056/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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