Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131001-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

82
Ejecución 95 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 95 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lony Alonso Orbe Custode, frente a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución forzosa, se ha dictado las siguientes resoluciones:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Lony Alonso Orbe Custode con la empresa “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, con fecha 10 de julio de 2013, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 10.143,48 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 15.975,75 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.

Asimismo se establece como cantidad adeudada la de 6.061,80 euros.

Se despacha ejecución contra “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, por las siguientes cantidades de 10.143,48 euros de indemnización, 15.975,75 euros de salarios de tramitación, más otros 6.061,80 euros de cantidades adeudadas, lo que hace un total en concepto de principal de 32.181,03 euros, así como otros 3.218,10 euros en concepto de intereses y 3.218,10 euros en concepto de costas, cantidades estas últimas calculadas provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquidación.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Álium Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de julio de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.293/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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