Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2013

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131002-42

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LEGANÉS

RÉGIMEN ECONÓMICO

42
Impuesto sobre actividades económicas 2013

Mediante resolución de 1 de agosto de 2013, dictada por la concejal-delegada de Hacienda y Patrimonio en funciones, doña Beatriz Tejero Oller, se ha aprobado el padrón del impuesto de actividades económicas para el año 2013 por importe de 6.109.414,58 euros.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la ordenanza fiscal general, el padrón estará expuesto al público en las dependencias municipales sitas en la avenida Gibraltar, número 2, de Leganés (Madrid), por el plazo de un mes, contado desde el inicio del período voluntario de pago del tributo, a fin de que los interesados puedan formular las alegaciones oportunas.

Concluido el período de exposición pública, los sujetos legitimados podrán formular recurso de reposición regulado en el artículo 14 del Real Decreto 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, previo a la reclamación económico-administrativa, en el plazo de un mes. En el caso de que se interponga recurso de reposición, no se podrá promover reclamación económico-administrativa hasta que no se haya resuelto de forma expresa o se pueda considerar desestimado por silencio administrativo por no haber recaído resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su presentación. La interposición del recurso de reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado.

Leganés, a 26 de agosto de 2013.—La alcaldesa-presidenta accidental (decreto de Alcaldía de 8 de agosto de 2013), Beatriz Tejero Oller.

(02/6.454/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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