Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2013

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131004-13

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 3147 /2013, de 3 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 2379/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria correspondiente al curso 2013-2014.

La Orden 2379/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria correspondiente al curso 2013-2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 2 de septiembre de 2013), establece en su artículo 29 el plazo de presentación de solicitudes. Se considera conveniente la modificación de dicho plazo por lo que, en virtud del artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Modificación de la Orden 2379/2013, de 22 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para el estudio de Formación Profesional de Grado Superior en la Comunidad de Madrid y se aprueba la convocatoria correspondiente al curso 2013-2014

Se modifica el artículo 29 que queda redactado como sigue:

“Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 14 de octubre de 2013”.

Artículo 2

Recursos

Contra el artículo 1 de la presente Orden, que forma parte de la convocatoria y pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de octubre de 2013.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/31.541/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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