Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131004-120

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

120
Procedimiento ordinario 880 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 880 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Sánchez Miranda, don Jesús Serrano García, don Joaquín María Dávila Díaz, don Jorge Luis Nañez Rodríguez y don Luis Alberto García García, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado las siguientes resoluciones:

En Madrid, a 1 de abril de 2013.—Dada cuenta, por presentado el anterior escrito por la actora, con entrada en este Juzgado el día de la fecha, únase a los autos de su razón, se tienen por hechas las manifestaciones y estese al señalamiento de 21 de octubre de 2013, a las nueve y veinte horas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisito no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El secretario judicial.

Diligencia.—En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.

La extiendo yo el secretario para hacer constar que en el día de la fecha ha sido devuelto por Correos la notificación remitida a la empresa demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en el domicilio facilitado en la demanda. Asimismo, se hace constar que dicho domicilio coincide con el que consta en la base de datos del Registro Meercantil.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 2 de septiembre de 2013.

Visto el contenido de la anterior diligencia, únase la carta certificada y se acuerda la consulta de las bases de datos a través del punto neutro judicial para localizar nuevo domicilio, uniéndose el resultado de la consulta practicada e inténtese la notificación de la diligencia de ordenación de 1 de abril de 2013, a la empresa demandada a través del SCNE.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe, el secretario judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, Ismael Pérez Martínez.—En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.

Dada cuenta, habiéndose devuelto por SCN de esta localidad la diligencia negativa de notificación de las diligencias de ordenación de 1 de abril y 2 de septiembre de 2013, a la empresa demandada únase y notifíquense a través de edictos que se remiten al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Estando la empresa demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”; en paradero desconocido, aunque en fecha 1 de octubre de 2012 fue citada por correo con acuse de recibo, se amplia la demanda frente al Fondo de Garantía Salarial.

Estese a la fecha del señalamiento, 21 de octubre de 2013, a las nueve y veinte horas.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe, el secretario judicial.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.370/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131004-120