Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131004-211

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

211
Procedimiento 1.069 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.069 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María García Calvo, frente a “Comercial Importadora de Papel, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se han dictado las siguientes resoluciones (auto de aclaración):

Auto

En Madrid, a 5 de septiembre de 2013.

Fallo

Que estimando la demanda promovida por don José María García Calvo, frente a la empresa “Comercial Importadora de Papel, Sociedad Limitada”, declaro la improcedencia del despido del demandante de fecha 31 de julio de 2012 y, al ser imposible la opción por la readmisión de aquel, declaro extinguida la relación laboral y condeno a la empresa demandada a abonarle en concepto de indemnización la suma de 16.987,23 euros.

Se ha advertido en la resolución el defecto consistente en la transcripción de la razón social de la demandada, no siendo “Comercial Importadora de Papel, Sociedad Limitada”, sino “Comercial Importadora de Papel, Sociedad Anónima”.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en la sentencia de fecha 30 de abril de 2013, consistente en un error de transcripción en los términos expuestos en el fundamento segundo del presente auto.

Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Emma Cobo García.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Importadora de Papel, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.057/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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