Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
04-10-2013

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131004-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de septiembre de 2013, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales: F-7, ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de cementerio municipal; F-11, ordenanza reguladora de la tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos; F-15, ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de piscinas, actividades e instalaciones deportivas; F-19, ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios de enseñanza de la Escuela Municipal de Música y Danza, y actividades culturales, modificación de la ordenanza de policía y buen gobierno; G-2, ordenanza reguladora sobre gestión de residuos y limpieza viaria y derogación y creación de la ordenanza de policía y buen gobierno; G-3, ordenanza reguladora del mercadillo y venta ambulante.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.

Daganzo de Arriba, a 19 de septiembre de 2013.—El alcalde, Sergio Berzal Valladar.

(03/30.131/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20D: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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