Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
08-10-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131008-227

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 11

227
Ejecución 282 de 2012

EDICTO

Don Jesús Ángel Orozco Torres, secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 282 de 2012 a instancias de la parte actora doña María de los Ángeles Rodríguez Urbano, contra “Señalizaciones, Obras y Servicios Viveros El Rubial, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado auto y decreto de fecha 15 de julio de 2013 del tenor literal siguiente:

Auto

Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos propiedad de la demandada “Señalizaciones, Obras y Servicios Viveros El Rubial, Sociedad Limitada”, por la cuantía de 21.008,30 euros en concepto de principal, más la de 3.361,32 euros en que provisionalmente se presupuesten los intereses y costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición por escrito presentado dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña Adelaida Maroto Márquez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.—Doy fe.

Decreto

Acuerdo: El embargo de los saldos favorables de cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorro, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualesquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos de la que aparece como titular la demandada en las entidades que están adscritas al Punto Neutro Judicial de la terminal informática del Juzgado y para su efectividad se librarán los oportunos oficios, y se da la oportuna orden telemática a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para que proceda a la retención de las cantidades de las que resulte acreedora la demandada.

Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a las partes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante el magistrado-juez que dictó la orden general de ejecución.

El recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, citando la disposición que esta resolución hubiese infringido.

La parte que no gozara del beneficio de la justicia gratuita deberá constituir depósito de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, número 0030/1846/42/0005001274, concepto número 4071/0000/00/número de expediente y año.

Así lo decreta y firma don Jesús Ángel Orozco Torres, secretario judicial del Juzgado de lo social número 11 de Sevilla.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación a la demandada “Señalizaciones, Obras y Servicios Viveros El Rubial, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a 15 de julio de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.297/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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