Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 240

Fecha del Boletín 
09-10-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131009-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

132
Procedimiento ordinario 1.361 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.361 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Amadeo González Ruiz, frente a “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 325 de 2013

En Madrid, a 4 de septiembre de 2013.—Vistos por mí, doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, los autos de impugnación de sanción seguidos ante este Juzgado bajo el número 1.361 de 2012, a instancias de don Amadeo González Ruiz, asistido por el letrado don Pablo Carlos Infantes Cabello, contra la mercantil “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, cuyos autos versan sobre impugnación de sanción de suspensión de empleo y sueldo, y atendiendo a la siguiente resolución.

Vistos además de los citados, los demás preceptos de general aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta a instancias de don Amadeo González Ruiz, asistido por el letrado don Pablo Carlos Infantes Cabello, contra la mercantil “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, debo revocar y revoco totalmente la sanción impuesta, dejándola sin efecto y condenando a la empresa al pago de los salarios que hubiera dejado de abonar en cumplimiento de la sanción.

Contra la presente resolución no cabrá recurso alguno, de conformidad con lo previsto en el artículo 115.3 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así lo acuerda, manda y firma doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Maode Pinturas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.443/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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