Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 247

Fecha del Boletín 
17-10-2013

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131017-61

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE PAÍS VASCO

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Autos 694 de 2013

SALA DE LO SOCIAL

EDICTO

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO

Don Jaime Ruigómez Gómez, secretario judicial de la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

Hago saber: Que en autos número 694 de 2013 de esta Sala de lo social seguidos a instancias de “Algodonera de San Antonio Industrial, Sociedad Anónima”, y “Grupo Tavex, Sociedad Anónima”, contra don José Luis Aizpurúa Oñederra, “Apra Leven, NV”, doña María Jesús Arrieta Martínez, “Banco Nacional Belga”, don José Luis Berjón Prieto, don Agustín Blanco Blanco, don José Blanco Blanco, “Consorcio de Compensación de Seguros”, don Pedro del Prado Rozados, Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, Fondo de Garantía Salarial, don Francisco Galiot Conti, don Florencio García Barrera, don Blas Gascón Barrera, don José María Guisasola Azcargorta, don Santos Jáuregi Urreategi, don Francisco Javier Larrañaga Agirrezábal, don Imanol López García, doña María Begoña Madariaga Cenitagoya, don Juan Luis Martínez Biain, doña María Asunción Narvaiza Erdavide, don Bienvenido Navarro Martínez, don Antonio Pato Otero, don Daniel Pérez Guisasola, don Juan Carlos Sarasketa Arruti, don José Ramón Sebal Mendizábal, doña Juana Serrano Delgado y don Isidoro Torres de Diego, sobre cantidad, se ha dictado resolución del siguiente tenor literal:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Juan Antonio Aldama Ulibarri.—En Bilbao (Bizkaia), a 2 de septiembre de 2013.

Fueron presentados el pasado día 24 de julio de 2013 por la representación letrada de “Algodonera de San Antonio Industrial, Sociedad Anónima”, y “Grupo Tavex, Sociedad Anónima”, sendos escritos de interposición del recurso de casación para la unificación de doctrina preparados en su día.

Se adjuntan testimonios de las sentencias invocadas como contradictorias.

Cumplidos los requisitos exigidos por los artículos 223.2 y 224 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, procede emplazar al resto de las partes litigantes para que, si a su derecho conviniera, se personen en el plazo de diez días hábiles ante la Sala de lo social del Tribunal Supremo, mediante escrito firmado por letrado, en el que figure un domicilio en Madrid para notificaciones y acreditando la representación que se ejerciera si no constase ya en las actuaciones.

La recurrente se entenderá personada de derechos con la remisión de los autos.

Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este tribunal, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de emplazamiento en legal forma a “Vitalia Vida, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Bilbao (Bizkaia), a 17 de septiembre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/30.658/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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