Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 250

Fecha del Boletín 
21-10-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131021-239

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE JEREZ DE LA FRONTERA NÚMERO 1

239
Procedimiento 610 de 2011

EDICTO

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Jerez de la Frontera.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 610 de 2011, a instancias de don Juan Pantoja Cortés, contra “Picos La Era, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 17 de septiembre de 2013 se ha dictado auto de aclaración de sentencia que sustancialmente dice lo siguiente:

Parte dispositiva:

Que ha lugar a la aclaración y rectificación del error material del nombre de la demandada “Picos La Era, Sociedad Limitada”, fijado en el fallo de la sentencia que debe quedar rectificado, en cuanto afecta al error padecido, con el siguiente tenor:

«Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Pantoja Cortés, frente a la empresa “Picos La Era, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Picos La Era, Sociedad Limitada”, a que abone al actor la cantidad de 2.249,68 euros en concepto de principal, más el 10 por 100 de los conceptos salariales por intereses de mora salarial.

Debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la presente declaración, sin perjuicio del cumplimiento de sus obligaciones legales.»

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, salvo el que procediera interponer frente a la resolución a cuya aclaración se refiere.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Lino Roman Pérez, magistrado-juez de este Juzgado, por ante mí, como secretario.—Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Picos La Era, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Jerez de la Frontera, a 18 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/30.964/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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