Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2013

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131022-222

Páginas: 1


V. OTROS ANUNCIOS

NOTARÍA DE DON FRANCISCO JAVIER VIGIL DE QUIÑONES Y PARGA

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Anuncio de subasta

Yo, Francisco Javier Vigil de Quiñones y Parga, notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, con residencia en dicha capital.

Hago saber: Que en mi notaría, sita en Madrid, calle de José Abascal, número 58, segundo, derecha, se tramita, a requerimiento del “Banco Español de Crédito, Sociedad Anónima”, hoy “Banco Santander, Sociedad Anónima”, procedimiento de ejecución extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada:

Vivienda denominada primero, derecha, sita en la planta del mismo nombre de la casa en Madrid, calle Arroyo del Olivar, número 60.

Su superficie construida es de 52,53 metros cuadrados, aproximadamente, y consta de varias habitaciones y servicios.

Linda: frente, rellano y caja de escalera y vuelo al patio interior; derecha, casa número 62 de la calle Arroyo del Olivar; izquierda, vivienda izquierda de esta planta y caja y rellano de escalera, y fondo, vuelo a la calle de su situación.

Cuota: 8,18 por 100.

Inscripción: consta inscrita la citada hipoteca en el Registro de la Propiedad número 10 de los de Madrid, al tomo 1681, libro 1669, folio 78, finca número 85.268, inscripción quinta.

Referencia catastral: 3816704VK4731F013XL.

Procediendo la repetición de la subasta de la finca, por retroacción del procedimiento a dicho momento, al haber resultado nula, por defecto formal de la misma, la adjudicación realizada el 5 de noviembre de 2012, se hacen saber las condiciones de la nueva subasta:

Dado el presunto carácter de vivienda habitual de la finca hipotecada, se celebrará una sola subasta, ajustándose a los tipos de subasta y adjudicación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, modificada por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, todo ello de conformidad con la disposición transitoria de esta, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, y artículo 236 del Reglamento Hipotecario.

Dicha única subasta, al no disponerse todavía del portal electrónico de subastas de la Agencia Estatal “Boletín Oficial del Estado”, tendrá lugar en mi notaría o, si fuera posible, de forma electrónica en el portal indicado, el día 4 de diciembre de 2013, a las once horas, siendo el tipo base el mismo de tasación, es decir, el de 252.766,96 euros. De no haber postor, el acreedor podrá adjudicarse la finca por el 70 por 100 del valor en que hubiere salido la finca a subasta.

La documentación y certificación del Registro de la Propiedad, a que se refiere el artículo 236.a) y b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la notaría, de lunes a viernes, de diez a trece y treinta horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que ejecute continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la notaría o en entidad de crédito, una cantidad equivalente al 5 por 100 del valor de tasación, mediante cheque bancario a nombre del notario o justificante de su ingreso en entidad de crédito. Podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Solo la adjudicación a favor de acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Igualmente, se hace constar que para el caso de que la comunicación por correo certificado al titular de la última inscripción de dominio, regulada por el artículo 236.f) del Reglamento Hipotecario, notificándosele el día, hora y lugar de celebración de la subasta, resultase infructuosa o negativa, servirá el presente anuncio para suplirla y tener por cumplida de forma efectiva dicha comunicación.

En Madrid, a 1 de octubre de 2013.—Francisco Javier Vigil de Quiñones y Parga.

(02/7.223/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.60.1: V. OTROS ANUNCIOS

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