Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 251

Fecha del Boletín 
22-10-2013

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131022-20

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

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RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la Orden 2977/2013, de 10 de octubre, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el “Proyecto de depósito regulador de Zarzalejo Estación”, en el término municipal de Zarzalejo, y se convoca a los interesados al levantamiento de las actas previas a la ocupación. Expediente número 352.

En aplicación de los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 20 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, se hace público que el Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno ha dictado la siguiente:

ORDEN 2977/2013, DE 10 DE OCTUBRE, DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO, POR LA QUE SE DECLARA URGENTE LA OCUPACIÓN DE LOS BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL “PROYECTO DE DEPÓSITO REGULADOR DE ZARZALEJO ESTACIÓN”, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ZARZALEJO, Y SE CONVOCA A LOS INTERESADOS AL LEVANTAMIENTO DE LAS ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN. EXPEDIENTE NÚMERO 352

El presente proyecto tiene por objeto la mejora del abastecimiento al municipio de Zarzalejo mediante la construcción del nuevo depósito de “Zarzalejo-Estación” de 3.500 metros cúbicos de capacidad de las instalaciones asociadas al mismo y de una nueva conducción que lo conectará con el depósito existente conocido como “Zarzalejo-Pueblo”.

El nuevo depósito se ubicará en una parcela próxima y a mayor cota que el actual de 500 metros cúbicos de capacidad, que quedará en desuso al ejecutarse el presente proyecto. Su acceso, de 110 metros de longitud, se realizará desde la vía pecuaria denominada “Colada de la Cruz Verde a la laguna de Castrejón”, siguiendo la traza de la citada tubería de conexión entre ambos depósitos.

Con fecha 10 de enero de 2011, y tras el análisis ambiental caso por caso realizado de acuerdo con lo exigido por la Ley 2/2002, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, hecho público en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (en adelante, BOCM), número 89, de 15 de abril de 2011, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio resolvió que las actuaciones proyectadas no quedan incluidas en ninguno de los Anexos de citada la Ley 2/2002, de 19 de junio, ni afectadas por lo establecido en tal normativa, siempre que se cumplan las medidas contempladas por el promotor en la memoria ambiental y las condiciones que se establecen en el referido informe.

Por la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 28 de julio de 2011, se aprueba definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto de depósito regulador de Zarzalejo Estación”, en el término municipal de Zarzalejo. Se hizo público en el BOCM número 187, de 9 de agosto de 2011.

La Orden 1505/2013, de 7 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, dispuso someter a información pública la relación de bienes y derechos afectados por este proyecto, siendo la entidad beneficiaria del expediente expropiatorio el Canal de Isabel II. Se publicó en el BOCM número 146, de 21 de junio de 2013; en el diario “Expansión” de 21 de junio de 2013, y expuesta durante quince días en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Zarzalejo.

Dentro del plazo establecido para el trámite de información pública se han formulado alegaciones sobre cambios en la titularidad de las fincas, posible coordinación entre las obras resultado del expediente expropiatorio en curso y las derivadas de la ampliación de la calle Charcones y solicitudes para mantener el acceso a esas fincas. Se ha solicitado la documentación acreditativa de la titularidad, necesaria para aceptar los cambios propuestos, y datos relativos a las obras de ampliación de la calle que resultarían imprescindibles para intentar, en su caso, coordinar las mismas. Consta en el expediente la contestación individualizada a todos los interesados.

La urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto viene motivada por estar incluida en el Plan de Infraestructuras Estratégicas del Canal de Isabel II como obras necesarias a corto plazo para garantizar el suministro de agua al municipio de Zarzalejo y respetar los estándares establecidos en las Normas de Abastecimiento de Canal de Isabel II que fijan un diseño para los depósitos de veinticuatro horas.

En este sentido, a los efectos de los artículos 20 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF), y 19 de su Reglamento de ejecución aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957, y con base en los antecedentes administrativos citados, se estima procedente ratificar todas las actuaciones habidas hasta la fecha y, en consecuencia, declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos comprendidos en la relación que acompaña la presente Orden, confirmando las afecciones por resultar indispensables para el cumplimiento del objeto del proyecto.

La declaración de utilidad pública del proyecto se considera realizada en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la LEF, y en la disposición adicional octava de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el apartado 1.o del artículo 52 de la LEF, se entiende cumplido el trámite de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto.

En el expediente consta la existencia de crédito suficiente para hacer efectivo el pago de las indemnizaciones expropiatorias, en atención a lo previsto en el artículo 52 de la LEF.

En su virtud, y en aplicación de los artículos 52 de la LEF y 19.3 de la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa relativo al “Proyecto de depósito regulador de Zarzalejo Estación”, en el término municipal de Zarzalejo. La relación detallada de los bienes y derechos afectados figura en el Anexo a esta Orden, siendo extensiva esta declaración, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, a los bienes que pudieran verse afectados por los reformados posteriores al proyecto.

Segundo

Notificar a los interesados el lugar, día y hora en que han de comparecer para el levantamiento del Acta Previa a la Ocupación. La relación de interesados, el Ayuntamiento y la fecha de convocatoria se detallan, asimismo, en el Anexo a esta Orden.

Los interesados, una vez publicada la relación y hasta el momento del levantamiento del acta previa, podrán formular por escrito ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, plaza de Pontejos, número 3, 28012 Madrid, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación. El modelo de dicho escrito, así como la información para su gestión telemática, podrá encontrarse en https://gestionesytramites.madrid.org/

En relación con aquellos bienes que se acrediten como de dominio público, se estará a lo dispuesto en la normativa sectorial sobre su uso.





La presente publicación se hace, además, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, respecto a posibles interesados no identificados, a titulares desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada esta, no se hubiera podido practicar.

Contra la citada Orden, que pone fin a la vía administrativa, en lo relativo a las circunstancias que justifican declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados, se podrá interponer recurso de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación o, en su defecto, su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 10 de octubre de 2013.—El Secretario General Técnico, José de la Uz Pardos.

(01/3.142/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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