Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 254

Fecha del Boletín 
25-10-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131025-183

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

183
Ejecución 262 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 262 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Antonio Fernández-Cañadas Cano, frente a “Altecón 2010, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 26 de septiembre de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 383,76 euros, de los que 363 euros corresponden a tasación de costas y 20,76 euros a la liquidación de intereses, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones “Altecón 2010, Sociedad Limitada”.

Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y tasación de costas practicada, librándose al efecto los oportunos mandamientos. A tal fin, líbrese mandamiento de devolución por importe de 20,76 euros a favor del ejecutante don Jesús Antonio Fernández-Cañadas Cano en concepto de intereses y otro a favor de la letrada doña María Dolores Martín Górriz por importe de 363 euros en concepto de minuta de honorarios.

Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 60,33 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.

Los mandamientos se librarán una vez adquiera firmeza la presente resolución, debiendo confirmar su expedición en el teléfono 914 438 346.

Notifíquese la presente resolución a las partes y, verificado, el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2524/0000/64/0262/12.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Jesús Antonio Fernández-Cañadas Cano, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de septiembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/31.707/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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