Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131029-177

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

177
Procedimiento 775 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 775 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Martínez González, frente a “Cuerdas Intervenciones y Maestría de la Altura, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Antonio Martínez González, frente a “Cuerdas Intervenciones y Maestría de la Altura, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la parte actora, y en consecuencia, condeno a la empresa a la inmediata readmisión del trabajador o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma de 1.333,20 euros y en caso de readmisión al abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución a razón de 60,60 euros/día.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cuerdas Intervenciones y Maestría de la Altura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.968/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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