Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 257

Fecha del Boletín 
29-10-2013

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131029-6

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

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ORDEN 3166/2013, de 4 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se modifica la Orden 1323/2013, de 23 de abril, por la que se establece el procedimiento que se ha de seguir para que los alumnos de Grado de Magisterio y Grados relacionados con la enseñanza, matriculados en Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado y Facultades durante el curso 2013-2014, puedan realizar las prácticas en centros de la Comunidad de Madrid

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en el artículo 100, que son requisitos necesarios para el ejercicio de la docencia en las diferentes enseñanzas estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.

El Real Decreto 1440/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título universitario de Maestro en sus diversas especialidades y las directrices propias de los planes de estudio conducentes a su obtención, que regula las materias troncales de cada especialidad, concede una consideración relevante al practicum y al desarrollo de las prácticas docentes en todas las áreas vinculadas a las materias troncales, tanto comunes como de especialidad.

La fase de practicum tiene como objetivos facilitar la adquisición de experiencia en la planificación, la docencia y la evaluación de las materias correspondientes a la especialización, acreditar un buen dominio de la expresión oral y escrita en la práctica docente y dominar las destrezas y habilidades sociales necesarias para fomentar un clima que facilite el aprendizaje y la convivencia.

En consecuencia la Consejería de Educación, Juventud y Deporte ha regulado, mediante Orden 1323/2013, de 23 de abril, el procedimiento que se ha de seguir para que los alumnos de Grado de Magisterio y Grados relacionados con la enseñanza, matriculados en Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado y Facultades durante el curso 2013-2014, puedan realizar las prácticas en centros de la Comunidad de Madrid. Según lo dispuesto en el artículo primero de la mencionada Orden, la realización de las prácticas se llevará a cabo mediante colaboración con diecisiete Universidades.

Con el fin de facilitar que un mayor un mayor número de alumnos de Grado de Magisterio y Grados relacionados con la enseñanza se inicien en la práctica docente directa y en la orientación psicopedagógica y reciban la preparación adecuada en los centros de la Comunidad de Madrid, la Consejería de Educación, Juventud y Deporte considera conveniente extender la colaboración prevista con las Universidades para la realización de las mismas a la Universidad Internacional Isabel I de Castilla de Burgos.

A tal fin y en su virtud

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 1323/2013, de 23 de abril, de la Consejería de Educación Juventud y Deporte por la que se establece el procedimiento que se ha de seguir para que los alumnos de Grado de Magisterio y Grados relacionados con la enseñanza, matriculados en Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado y Facultades durante el curso 2013-2014, puedan realizar las prácticas en centros de la Comunidad de Madrid.

Se modifica el artículo primero de la Orden con el objeto de incorporar la Universidad Internacional Isabel I de Castilla de Burgos, entre las Universidades con las cuales se ha acordado la realización de las prácticas de sus alumnos de Grado de Magisterio y Grados relacionados con la enseñanza en centros educativos de la Comunidad de Madrid.

La Consejera de Educación, Juventud y Deporte, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/34.165/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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