Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131102-16

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 66

16
Procedimiento 1.057 de 2012

EDICTO

En el presente procedimiento de divorcio contencioso número 1.057 de 2012, seguido a instancias de don Hugo de Palomar Sánchez, frente a doña Emilia María Dantas de Aguiar, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 449 de 2013

En Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—Demandante, don Hugo de Palomar Sánchez, con procuradora doña María Eugenia Pato Sanz y letrada doña Mirta Ana Arcorace Simich, y demandada, doña Emilia María Dantas de Aguiar, sin profesionales asignados.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Eugenia Pato Sanz, en nombre a representación de don Hugo de Palomar Sánchez, contra doña Emilia María Dantas de Aguiar, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía, y en consecuencia, decretar la disolución del matrimonio, mediante divorcio, de los cónyuges litigantes, con los efectos legales inherentes a dicho pronunciamiento.

Procede declarar las costas de oficio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en los términos prevenidos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Para recurrir es de aplicación de disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese de oficio al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Por esta sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncia, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancias número 66 de Madrid.

Y encontrándose dicha demandada doña Emilia María Dantas de Aguilar en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

En Madrid, a 30 de septiembre de 2013.—El secretario (firmado).

(03/32.725/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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