Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
02-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131102-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

59
Procedimiento ordinario 1.424 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.424 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Sofía Domínguez Catalá, frente a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Sofía Domínguez Catalá, contra la empresa “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 1.768,52 euros, cantidad a la que será de aplicación el 10 por 100 de interés de mora.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/32.699/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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