Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131112-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 7

80
Procedimiento ordinario 268 de 2010

EDICTO

Don Fernando Javier Navalón Romero, secretario del Juzgado de primera instancia número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 268 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 84

Magistrado-juez de primera instancia, don Lorenzo Valero Baquedano.—En Madrid, a 21 de mayo de 2013.

Parte demandante, “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, con procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, y parte demandada, don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, con procurador sin profesional asignado, siendo objeto del juicio otras materias.

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por la procuradora doña Isabel Covadonga Juliá Corujo, en nombre y representación de la mercantil “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima” (establecimiento financiero de crédito), debo declarar y declaro resuelto el contrato de préstamo de fecha 19 de marzo de 2007 que vinculaba a la parte actora y al demandado don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, por incumplimiento del prestatario y, en su consecuencia, debo condenar y condeno al expresado demandado a que tan pronto sea firme esta resolución abone a la demandante la cantidad de 7.788,69 euros en concepto de principal, con más intereses moratorios hasta la fecha de certificación del saldo deudor y legales desde la interposición judicial de la demanda.

Se imponen las costas procesales causadas al demandado.

Notifíquese esta resolución a las partes en legal forma.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. El recurso será interpuesto por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Henry Gilmer Lizárraga Beltrán, para que sirva de notificación en legal forma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende el presente.

Madrid, a 1 de octubre de 2013.—El secretario (firmado).

(02/7.679/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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