Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 269

Fecha del Boletín 
12-11-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131112-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

78
Recurso 703 de 2012

Sección Novena

EDICTO

Doña Carmen Valbuena Hernández, secretaria judicial de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el rollo de apelación seguido en esta Sección con el número 703 de 2012, dimanante de juicio verbal número 1.184 de 2010, aparece dictada la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dice así:

Sentencia número 270 de 2013, recurso de apelación número 703 de 2012

Ilustrísimo señor magistrado don Juan Ángel Moreno García.—En Madrid, a 6 de junio de 2013.

Vistos en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid los autos de juicio verbal número 1.184 de 2010, procedentes del Juzgado de primera instancia número 5 de Arganda del Rey, a los que ha correspondido el rollo número 703 de 2012, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada “Reismen, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Soledad San Mateo García; de otra, como demandado y hoy apelante, don Néstor Jesús Martínez Martínez, representado por el procurador don Ángel Francisco Codosero Rodríguez, y de otra, como demandados y hoy apelados don Raúl Ricote Rojas y don Jesús Manuel Martínez Bachiller, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, valoración prueba.

Fallo

Se desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de don Néstor J. Martínez Martínez contra la sentencia dictada por la magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Arganda del Rey, en fecha 23 de mayo de 2011, confirmando la indicada resolución. Todo ello, con imposición de las costas de esta alzada a la parte apelante. Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronuncio, mando y firmo. Haciéndose saber que contra la misma cabe recurso de casación, de acreditarse el interés casacional, que deberá interponerse ante este Tribunal, en el término de veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución.—Juan Ángel Moreno García (rubricado).

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Jesús Manuel Martínez Bachiller, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lo firmo y sello en Madrid, a 11 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/32.630/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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