Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2013

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131114-207

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

207
Ejecución 515 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 515 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Sánchez Berraquero, frente a “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Estructuras y Montajes Jucasan, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente :

Por presentado el anterior escrito de la parte demandante, únase a los autos de su razón seguidos a instancias de don Juan Manuel Sánchez Berraquero, contra “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y otra. Procédase a la extinción de la relación laboral entre las partes conforme a los trámites del artículo 138.8 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, en conexión con los preceptos del mismo texto legal, artículos 279, 280 y 281, señalándose incidente para el día 25 de noviembre de 2013, a las diez cuarenta y cinco horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado. Debiendo comparecer las partes con los medios de prueba de que intenten valerse.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda, siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” con número 2851 y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma, “Estructuras y Montajes Jucasan, Sociedad Limitada”, y “Carmetalco Construcciones Metálicas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.552/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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