Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131115-242

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

242
Ejecución 126 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 126 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fernando Valenzuela Dorado y doña Sara Brenes Pérez, frente a “Comercial Torres Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia en reclamación de cantidad a favor de la parte ejecutante don Fernando Valenzuela Dorado 11.810,25 euros y doña Sara Brenes Pérez 11.124,64 euros, frente a la demandada “Comercial Torres Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal”, sin perjuicio de su posterior liquidación de intereses y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Parte dispositiva:

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre los trabajadores don Fernando Valenzuela Dorado y doña Sara Brenes Pérez y “Comercial Torres Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal”, con efectos desde la fecha de la presente resolución, condenando a “Comercial Torres Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal”, a que abone a don Fernando Valenzuela Dorado la cantidad de 39.017,30 euros en concepto de indemnización y 29.423,52 euros en concepto de salarios de tramitación y a doña Sara Brenes Pérez la cantidad de 19.796,60 euros en concepto de indemnización y 29.060,64 euros en concepto de salarios de tramitación.

En cuanto al Fondo de Garantía Salarial, este organismo estará a la responsabilidad legalmente establecida para él.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Torres Industriales, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.353/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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