Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 272

Fecha del Boletín 
15-11-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131115-105

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE ENMEDIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

105
Ordenanzas fiscales

El Pleno del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, en sesión extraordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente las siguientes ordenanzas fiscales:

A) Reguladora de la tasa por prestación del servicio de tramitación de licencias urbanísticas y actos de comprobación y verificación de instalaciones, construcciones, obras e instrumentos de gestión urbanística (número 1).

B) Reguladora de la tasa por servicios en el cementerio municipal y otros servicios funerarios de carácter local (número 3).

C) Reguladora del ICIO (número 6).

D) Reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público (número 9).

E) Modificación del tipo impositivo del impuesto de bienes inmuebles urbana del 0,40 por 100 al 0,39 por 100 en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto de bienes inmuebles (número 8).

Segundo.—Dejar sin efecto el acuerdo de aprobación inicial de fecha 26 de junio de 2013, por el que se aprobaba la ordenanza reguladora de las entradas de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase, y correlativamente aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de pasos de carruajes, vados, reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo y carga de mercancías de cualquier clase, cortes de vía y ocupación de terrenos de uso público local con mercancías, materiales de construcción, escombros, vallas, puntuales asnillas, andamios y otras instalaciones análogas.

Tercero.—Derogar expresamente la ordenanza número 12 de alcantarillado.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones y/o sugerencias que se estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Moraleja de Enmedio, a 30 de octubre de 2013.—El alcalde, Carlos Alberto Estrada Pita.

(03/36.694/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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