Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131119-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

92
Procedimiento 16 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 16 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Farid Abarken, frente a “Pocería y Excavaciones Madrid, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

1.o Que estimando la demanda que en materia de despido que ha interpuesto don Farid Abarken, contra “Pocería y Excavaciones Madrid, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del que fue objeto al actor el día 3 de diciembre de 2012, condenando a la demandada a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución, opte entre readmitir al trabajador en las mismas condiciones que tenía antes del despido o abonar al actor en concepto de indemnización la cantidad de 13.383 euros. De optar por la indemnización, no se devengarán salarios de tramitación quedando la relación laboral extinguida a fecha del despido; de optarse por la readmisión o no efectuarse opción en plazo, sin necesidad de esperar a la firmeza de la sentencia, la demandada deberá abonar los salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido a la fecha de notificación de sentencia a razón de 50,03 euros diarios. Se advierte, expresamente, al demandado que de no efectuar la opción en el plazo indicado expresamente por escrito o comparecencia en el Juzgado, y sin necesidad de esperar a la firmeza de esta sentencia, se entenderá que opta por la readmisión y deberá abonar los salarios posteriores a la fecha de la notificación de la sentencia.

2.o Que estimando la demanda que en materia de reclamación de cantidad que ha interpuesto don Farid Abarken, contra “Pocería y Excavaciones Madrid, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo condenar y condeno a esta a que abone al actor la cantidad de 6.998,04 euros, junto con el interés por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Y todo ello con condena en costas a la demandada, incluyendo los honorarios del letrado del actor, hasta el límite de 600 euros.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pocería y Excavaciones Madrid, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/34.682/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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