Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2013

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131119-209

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CASTELLÓN NÚMERO 4

209
Procedimiento ordinario 195 de 2012

EDICTO

Doña Carmen Esteban Esteban, secretaria del Juzgado de lo social número 4 de Castellón.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 195 de 2012, a instancias de doña Pilar Herrera Gimeno, doña Teresa Sabina Pinazo Vives y doña Elena Marqués Cerezo, contra don Juan S. Amor del Olmo, en los que el día 8 de abril de 2013 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva dice:

Que estimando la demanda formulada por doña Elena Marqués Cerezo, doña Pilar Herrera Gimeno y doña Teresa Sabina Pinazo Vives, contra la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial, debo declarar y declaro resueltos en la fecha de la presente resolución los contratos de trabajo que vinculaban a las partes, condenando a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone a cada una de las trabajadoras la cantidad que figura a continuación en concepto de indemnización:

A doña Elena Marqués Cerezo: 9.753,75 euros.

A doña Pilar Herrera Gimeno: 35.189,90 euros.

A doña Teresa Sabina Pinazo Vives: 19.356,92 euros.

Asimismo, desestimando la excepción de falta de legitimación pasiva y estimando la demanda formulada por las demandantes, contra Fundación Diagrama Intervención Psicosocial, “Asociación de Servicios Aser, Sociedad Anónima”, y la Conselleria de Justicia y Bienestar Social de la Generalitat Valenciana, debo condenar y condeno a las demandadas, con carácter solidario, a que abonen a las actoras las cantidades que figuran a continuación, la primera en concepto de salarios dejados de percibir y la segunda en concepto de interés anual por mora, respectivamente, debiendo estar y pasar por la anterior declaración el administrador concursal don Aurelio Gurrea Chalé:

A doña Elena Marqués Cerezo: 10.375,68 euros y 992,08 euros.

A doña Pilar Herrera Gimeno: 9.154,14 euros y 1.043,32 euros.

A doña Teresa Sabina Pinazo Vives: 8.713,96 euros y 993,15 euros.

Y desestimando la demanda formulada por las demandantes, contra don Juan S. Amor del Olmo y “Atención Social y Estancias Residenciales, Sociedad Anónima” (“Grupo Aser”), debo absolver como absuelvo a los demandados de las pretensiones en su contra formuladas.

Se advierte que la resolución anterior no es firme y contra la misma cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que deberá anunciarse dentro de los cinco días siguientes a esta notificación, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de su propósito de entablar tal recurso, o por comparecencia o por escrito, también de cualquiera de ellos, ante este Juzgado de lo social. Siendo requisitos necesarios que al tiempo de hacerse el anuncio se haga el nombramiento del letrado o graduado social colegiado que ha de interponerlo y que el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita presente en la Secretaría del Juzgado de lo social, también al hacer el anuncio, el documento que acredite haber consignado en cualquier oficina de “Banesto”, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta a nombre del Juzgado, la cantidad objeto de la condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Igualmente, y al tiempo de interponer el recurso, el recurrente que no gozare del derecho de asistencia jurídica gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría de este Juzgado del resguardo, independiente o distinto del anterior, acreditativo del depósito de 300 euros en la misma cuenta de expediente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación al representante legal de don Juan S. Amor del Olmo, que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, haciendo saber que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de la oficina judicial conforme lo establecido en el artículo 59.2 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, expido el presente en Castellón, a 17 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.986/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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