Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 275

Fecha del Boletín 
19-11-2013

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131119-70

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES

URBANISMO

70
Proyecto estatutos

La Junta de Gobierno Local de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 24 de septiembre de 2013, adoptó acuerdo cuyo enunciado y parte dispositiva, copiados literalmente, dicen:

Número 2. G1/12. Proyecto de estatutos de la entidad urbanística de conservación del Sector AR-1, “Tempranales”. Resolución de alegaciones y aprobación definitiva.

Primero.—Estimar o desestimar las alegaciones formuladas en el procedimiento de conformidad con el sentido de los informes emitidos por los Servicios Jurídicos, de los que se darán traslado a los alegantes.

Segundo.—Aprobar definitivamente el proyecto de estatutos de la entidad urbanística de conservación del Sector AR-1, “Tempranales”, cuyo texto íntegro se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de diciembre de 2012, con las siguientes rectificaciones resultantes de la estimación de alegaciones:

1. Se modifica el artículo 4 de los estatutos suprimiendo la expresión “equipamiento dotacional”.

2. Se modifica el artículo 13 de los estatutos, que queda redactado de la siguiente forma:

Artículo 13. Asamblea general ordinaria.—“La asamblea general ordinaria se reunirá dos veces al año: una, necesariamente dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para censurar la gestión social y aprobar, en su caso, y previo examen y verificación por dos censores designados por la asamblea, las cuentas del ejercicio anterior, y otra, dentro del último trimestre natural, para conocer y aprobar los presupuestos del ejercicio siguiente y designar los miembros del Consejo Rector y los censores de cuentas”.

3. Se modifica el artículo 15 de los estatutos añadiendo tras el primer párrafo la expresión: “... y deberá contener la indicación de que en el domicilio de la entidad se halla a disposición de los miembros, hasta el día anterior a la reunión, la documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día”.

4. Se modifica el anexo II de los estatutos respecto de las siguientes fincas y propietarios:

Finca. — Propiedad

B1-2A. — Comunidad de propietarios La Arboleda de los Tempranales.

C1-2A. — Comunidad de propietarios Tempranales.

C4-2B. — Reyal Urbis Sociedad Anónima; calle Ayala, número 3, 28001 Madrid.

D1-1C. — María Ángela de la Soledad, Trinidad, Gloria y Francisca San Nicolás Colmenar y Familia San Nicolás Colmenar, Sociedad Limitada.

D2-1C. — Comunidad de propietarios Villas de Tempranales.

A3-1C. — Comunidad de propietarios Gloria Fuertes, número 8.

Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos previstos en el artículo 162.4 del Reglamento de Gestión Urbanística, con notificación individual a los propietarios afectados.

Cuarto.—Designar como representante del Ayuntamiento en la entidad al concejal-delegado de Urbanismo y Obras, don Raúl Terrón Fernández, o a quien legalmente le sustituya.

Quinto.—Requerir a los interesados para que en plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 163.1 del Reglamento de Gestión Urbanística, constituyan la entidad mediante escritura pública, con el contenido señalado en el apartado 4 del citado precepto, y la presenten ante el Ayuntamiento para aprobación y posterior traslado al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, informando de que contra el precedente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o de la notificación del acuerdo si esta fuere posterior, ante la correspondiente Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; 52.2 de la Ley 7/1985, y 46.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), advirtiendo de que la interposición de recurso no suspende la ejecutividad del acuerdo.

San Sebastián de los Reyes, a 29 de octubre de 2013.—El concejal-delegado de Urbanismo y Obras (decreto de delegación 1955/2011, de 13 de junio; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de julio de 2011), Raúl Terrón Fernández.

(02/7.898/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131119-70