Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2013

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131120-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

184
Procedimiento 903 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 903 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Israel Jonatan Osses Pacheco, frente a “Temperley Servicios Innovadores y Tecnológicos, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Israel Jonatan Osses Pacheco frente a la empresa “Temperley Servicios Innovadores y Tecnológicos, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del demandante y condeno a la empresa demandada a la inmediata readmisión del actor o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma de 1.610,67 euros, y en caso de readmisión, al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido (30 de junio de 2013) hasta la notificación de la presente resolución a razón de 29,69 euros/día; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Y que estimando la demanda de cantidad interpuesta por el actor debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cuantía de 321,30 euros brutos en concepto de salario, así como el 10 por 100 en concepto de mora.

Con la advertencia de que la opción deberá efectuarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría del Juzgado de lo social dentro del plazo de cinco días a contar desde la notificación de la sentencia, sin esperar la firmeza de la misma, y en caso de no hacer la opción expresamente, se entenderá que opta por la readmisión.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Temperley Servicios Innovadores y Tecnológicos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 21 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/34.879/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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