Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131120-91

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56

91
Procedimiento ordinario 799 de 2003

EDICTO

Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 799 de 2003, seguido en este Juzgado a instancias de “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, contra don Francoise Hure Gay, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

Sentencia

En Madrid, a 5 de julio de 2011.—Doña Ana Cristina Lledó Fernández, magistrada-juez de primera instancia del número 56 de los de Madrid, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 799 de 2003, seguidos ante este Juzgado, entre partes: de una, como demandante, la entidad “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, con procurador don Argimiro Vázquez Guillén, y de otra parte, como demandado, don Francoise Hure Gay, y en atención al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de “Golf La Moraleja, Sociedad Anónima”, frente a don Francoise Hure Gay, debo condenar y condeno al referido demandado a que abone a la actora la cantidad de 23.828,27 euros, con expresa imposición de las costas procesales en esta litis a la referida parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente se la notificación, limitado a citar la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Y previa constitución de un depósito de 50 euros que se consignará en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 2653, en el modo y forma previstos por la disposición adicional de la Ley 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Francoise Hure Gay para que sirva de notificación al referido demandado y para su publicación en el tablón de anuncios del Juzgado y el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Madrid, a 2 de septiembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/7.931/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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