Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2013

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131122-14

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

14
RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2013, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se hace público el Acuerdo de 7 de noviembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en el ámbito de la parcela sita en el paseo de la Habana, número 208. Nueva Área de Planeamiento Específico APE 5.30 “Ciudad de Servicios de la ONCE, calle María Gilhou”, en ejecución de la sentencia número 1.493 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de octubre de 2013.

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 7 de noviembre de 2013, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

I. El presente Acuerdo del Consejo de Gobierno se adopta en ejecución de la sentencia número 1.493, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de octubre de 2013, relativa a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en el ámbito de la parcela sita en el paseo de la Habana, número 208. Nueva Área de Planeamiento Específico APE 5.30 “Ciudad de Servicios de la ONCE, calle María Gilhou”.

II. La Modificación Puntual tiene por objeto la reordenación y la modificación de las determinaciones urbanísticas fijadas por el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Madrid en una gran parcela de suelo urbano consolidado, de 33.673,82 m2 de superficie, situada en el paseo de la Habana, número 208, que conforma la manzana delimitada por las calles Platerías, Caídos de la División Azul, Alfonso VIII, María Gilhou, Tahona y avenida Comandante Franco, en el Distrito de Chamartín.

El Plan General de Madrid califica esta parcela como Equipamiento Privado y es propiedad, desde 1932, de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, ONCE.

La reestructuración del actual complejo inmobiliario conlleva la reordenación urbanística de la parcela actual, planteando su segregación en dos porciones:

— Porción 1: Con una superficie de 9.943,25 metros cuadrados, se crea un nuevo ámbito de actuación en suelo urbano no consolidado, mediante la definición de una nueva Área de Planeamiento Específico APE 05.30 “Ciudad de Servicios de la ONCE, calle María Gilhou”, con las siguientes características y parámetros básicos recogidos en la Ficha correspondiente:

• Superficie del ámbito: 9.943,25 m2.

• Superficie neta residencial: 6.998,92 m2.

• Uso característico: residencial libre.

• Norma de aplicación: Norma Zonal 5, grado 3.o (*).

• Tipología: edificación aislada en bloque.

• Edificabilidad: 9.798,49 m2.

• Coeficiente edificabilidad: 1,40 m2/m2.

• Altura máxima edificación: baja + 3 + ático.

• Cesión de Redes públicas:

– Zona verde: 2.010,63 m2.

– Viario: 933,70 m2.

– Total: 2.944,33 m2.

(*) Se impone la condición de que la separación de la edificación al lindero testero no será menor a la altura de coronación, H (la Norma Zonal 5 fija un mínimo de H/2), minimizando así la afección sobre las edificaciones próximas.

— Porción 2: Los 23.730,57 m2 restantes conforman la “Ciudad de Servicios de la ONCE”, que mantiene su calificación actual como Equipamiento Privado, EP, con una compatibilidad de hasta el 50 por 100 del uso de Administración Pública, AP, exclusivamente para servicios administrativos de la propia organización. Esta parcela de forma trapezoidal queda delimitada entre las calles paseo de la Habana, Comandante Franco, Tahona y ampliación de calle Tahona y Platerías. Todo el ámbito mantiene las condiciones actuales de protección y catalogación, Nivel 1, grado Singular, con el rango de Entorno adscrito al palacio situado en el lindero norte “Quinta de San Enrique”, según delimitación reconocida por la Dirección General de Patrimonio Histórico.

La documentación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid afectada por esta Modificación es la siguiente:

— Plano de Ordenación O-53/4.

— Plano de Gestión G-53/4.

— Catálogo de Elementos Protegidos. Plano de Protecciones especiales CC-53/4.

— Condiciones Particulares de Catalogación:

• Fichas de Condiciones específicas, página 137, elemento número 29.527, paseo de la Habana, número 208.

• Ficha de Condiciones Urbanísticas del elemento catalogado número 29.527.

— Nueva Ficha de Ordenación del APE 05.30 “Ciudad de Servicios de la ONCE, calle de María Guilhou”.

III. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplimentado los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

Constan en el expediente los siguientes informes:

— De la Comisión Local de Patrimonio Histórico de Madrid y la Comisión de Control y Protección del Patrimonio del Ayuntamiento de Madrid, de 7 y 28 de julio de 2006.

— De la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid, de 26 de julio de 2006 y 5 de octubre de 2011.

— De la Reunión Conjunta de la Comisión Local de Patrimonio Histórico del municipio de Madrid y de la Comisión para la Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural del Ayuntamiento de Madrid, informe de 5 de octubre de 2007.

— De la Consejería de Educación, de 26 de octubre de 2009.

— De la Dirección General de Evaluación Ambiental, con fecha 21 de diciembre de 2009.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de noviembre de 2013,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, en el ámbito de la parcela sita en el paseo de la Habana, número 208. Nueva Área de Planeamiento Específico APE 5.30 “Ciudad de Servicios de la ONCE, calle María Gilhou”, con las condiciones que señala el informe de la Dirección General de Patrimonio Histórico, de 5 de octubre de 2011, en ejecución de la sentencia número 1.493, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 22 de octubre de 2013.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado expediente, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, a 8 de noviembre de 2013.—La Secretaria General Técnica, Bárbara Cosculluela Martínez.

(03/37.015/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131122-14