Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 278

Fecha del Boletín 
22-11-2013

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131122-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Control de la Edificación

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Orden demolición

Habiéndose intentado la notificación en los domicilio de los destinatarios de las actuaciones que a continuación se relacionan, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

— El director general de Control de la Edificación, ha decretado con fecha de 15 de julio de 2013, de conformidad con el artículo 195 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la demolición de las obras consistentes en ampliación de vivienda unifamiliar en espacio libre de parcela (plantas baja y primera), realizadas por G. L. V., con NIF número 50083852-H, en la calle Chindasvinto, número 9, del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2009/12795, advirtiéndole de que, en el caso de no acatar en un mes la orden, se procederá a actuar por ejecución subsidiaria conforme al artículo 98 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, o bien, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el coordinador general de Gestión Urbanística, Vivienda y Obras.

Lo que se hace público para conocimiento del interesado, por haber sido infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de legalización de las obras, podrá ser consultado por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle de Ribera del Sena, número 21.

De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos sus efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo.

Madrid, a 7 de noviembre de 2013.—El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.

(01/3.427/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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