Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 279

Fecha del Boletín 
23-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131123-11

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 75

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Procedimiento 846 de 2011

EDICTO

Doña María Jesús Carasusan Albizu, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 75 de Madrid.

Hago saber: Que en procedimiento de divorcio contencioso tramitado en este Juzgado bajo el número 846 de 2011, a instancias de doña Míriam Sanz Roldán, representada por el procurador don Miguel Ángel Aparicio Urcia, contra don Eduardo Breschi, declarado en situación de rebeldía procesal y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia de fecha 5 de octubre de 2012, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Míriam Sanz Roldán, representada por el procurador de los tribunales don Miguel Ángel Aparicio Urcia, contra don Eduardo Breschi, declarado en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la adopción de las siguientes medidas:

1.o Otorgar a la madre, señora Sanz Roldán, la guarda y custodia del hijo menor de edad, Víctor Breschi Sanz, siendo la patria potestad compartida.

2.o No procede fijar régimen de visitas a favor del progenitor no custodio.

3.o No procede fijar pensión de alimentos a cargo del progenitor no custodio.

No procede hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, debiendo acreditar el recurrente la constitución del depósito de 50 euros necesario para recurrir en apelación en el número de cuenta 2102/0000/02/0846/11 que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, mediante la presentación de copia del resguardo u orden de ingreso.

Líbrese y únase certificación de la sentencia a los autos, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma el demandado rebelde y en paradero desconocido don Eduardo Breschi mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 22 de octubre de 2013.—La secretaria (firmado).

(03/35.341/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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