Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131125-70

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

70
Ejecución 50 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 50 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix San Martín Canículo, frente a “Privalio, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 8 de julio de 2013.

Parte dispositiva:

Se aprueba la tasación de costas y liquidación de intereses practicada por la suma 4.410,61 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Aplíquese al pago de la misma la cantidad de 2.110,43 euros consignada en la cuenta de este Juzgado, y se requiere a “Privalio, Sociedad Limitada”, mediante la notificación de la presente a fin de que dentro del plazo de cinco días ingrese en la cuenta bancaria de este Juzgado en “Banesto”, número 2499/0000/00/1394/10, la cantidad de 2.300,18 euros que resta para el completo pago de la tasación de costas y liquidación de intereses.

Notifíquese la presente resolución a las partes, y verificado el cobro de cantidades procédase al archivo de las actuaciones.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2499/0000/64/0050/11.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Privalio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.456/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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