Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 280

Fecha del Boletín 
25-11-2013

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131125-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50

53
Juicio verbal 644 de 2013

EDICTO

Por la presente, y en virtud de lo acordado en el procedimiento verbal número 644 de 2013, seguido en este Juzgado por “FG Suministros, Sociedad Limitada”, representada por doña Cristina de Prado Antón, contra “Promoción, Construcción y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, se le notifica la sentencia a “Promoción, Construcción y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la entidad “FG Suministros, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Cristina de Prada Antón, contra la entidad “Promoción, Construcción y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la entidad actora la cantidad de 1.650,38 euros, más los intereses establecidos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, con imposición de costas a la parte demandada.

Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Modo de impugnación: contra esta sentencia no cabe recurso alguno conforme a lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación de “Promoción, Construcción y Mantenimiento Integral, Sociedad Anónima”, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid, a 5 de noviembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/8.077/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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