Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 281

Fecha del Boletín 
26-11-2013

Sección 1.2.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131126-4

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO “GREGORIO MARAÑÓN”

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RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2013, del Director-Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, por la que en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la Resolución de 27 de agosto de 2013, por la que se acuerda la declaración como deudora de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Virginia Jiménez Antón.

Este Hospital ha dictado la Resolución de referencia por la que se acuerda la declaración como deudora de cantidades satisfechas indebidamente en nómina a doña Virginia Jiménez Antón, con NIF 46935595-R. La notificación a doña Virginia Jiménez Antón se ha intentado conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar la Resolución de 27 de agosto de 2013, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa a doña Virginia Jiménez Antón de que también se efectúa la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

Madrid, a 29 de octubre de 2013.—El Director-Gerente del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”, Ricardo Herranz Quintana.

ANEXO

Visto que ha transcurrido el plazo de diez días expresado en la notificación de fecha 7 de marzo de 2013, para el trámite de audiencia concedido a doña Virginia Jiménez Antón, con NIF 46935595-R, sin haber presentado esta trabajadora alegación alguna ni haber realizado el reintegro de la deuda indicada en la mencionada notificación, por importe de 271,58 euros, y conforme a lo establecido en el artículo 5.2 de la Orden de 23 de mayo de 2001, del Consejero de Presidencia y Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de junio de 2001),

RESUELVO

Declarar a doña Virginia Jiménez Antón, con NIF 46935595-R, deudora en la cantidad indebidamente percibida, por un importe citado de 271,58 euros, correspondiente al pago que se efectuó en la nómina de noviembre de 2012 y percibidos indebidamente en la finalización del contrato de fecha 22 de noviembre de 2012.

El período de pago voluntario se iniciará a la fecha de la recepción de la notificación de esta Resolución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y que son los siguientes:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Podrá realizar la cancelación de la deuda, que pondrá fin al procedimiento de reintegro, mediante el abono de la correspondiente cantidad adeudada a través de la presentación del impreso normalizado de la Dirección General de Tributos, modelo 039 que se adjunta, en cualquier sucursal de las siguientes entidades bancarias: “Banesto”, “BBVA”, “Cajaduero”, “Cajamadrid” y “la Caixa”, debiendo remitir el ejemplar para la Administración a la Unidad de Nóminas de la Dirección de Gestión de Recursos Humanos de este Hospital, sito en el Pabellón Administrativo, segunda planta, despacho número 6.

Si transcurrido el período de pago voluntario no ha sido cancelada la deuda, se procederá a su cobro mediante el procedimiento recaudatorio por la vía de apremio, con el correspondiente devengo del recargo de apremio, intereses de demora y costas que legalmente correspondan.

Haciéndole constar a la interesada que contra la presente Resolución podrá formular demanda en la vía jurisdiccional social, a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real Decreto 2/1995, de 7 de abril, antes de lo cual deberá interponer reclamación previa ante el Consejero de Sanidad, de acuerdo a lo indicado en los artículos 120 y 125 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, todo ello sin perjuicio de que la interesada pueda interponer cualquier otro sistema de impugnación que considere oportuno.

(03/37.600/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.90.70: I. COMUNIDAD DE MADRID

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