Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2013

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131127-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

81
Procedimiento 1.140 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.140 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Karina Alejandra Bareiro, frente a doña Bárbara Sánchez Esteban, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 233 de 2013

En Madrid, a 11 de junio de 2013.—Vistos por la ilustrísima magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3, doña Mercedes Gómez Ferreras, los presentes autos número 1.140 de 2012 y acumulados número 1.315 de 2012, seguidos a instancias de doña Karina Alejandra Bareiro, con número de identificación de extranjería X-6608237-S, asistida de la letrada doña María Lourdes Churruca Martín, colegiada número 26.072, contra doña Bárbara Sánchez Esteban (“Bar La Braña de Julia”), que no comparece, sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por la demandante doña Karina Alejandra Bareiro, contra doña Bárbara Sánchez Esteban (“Bar La Braña de Julia”), en reclamación por despido, declarar la improcedencia del despido y condenar a la demandada para que en el plazo de cinco días desde la fecha de notificación de la sentencia opte entre la readmisión o la indemnización a la demandante en la cantidad de 920 euros a razón de 40 euros diarios. Y solo en el supuesto de optar por la readmisión debe de abonar los salarios de tramitación desde el despido (6 de septiembre de 2012) hasta la notificación de la sentencia a la demandada. Además del abono de la cantidad de 2.940 euros en concepto de salarios, más el 10 por 100 de interés por mora solo de esta última cantidad.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Princesa, número 3, de Madrid, entidad 0030, oficina 1033 y número de cuenta corriente 2501/1140/12, el importe del principal y 300 euros.

Asimismo deben abonar a la Administración Tributaria las tasas judiciales conforme al modelo 696 de autoliquidación y aportar dicho ingreso con el anuncio de suplicación, en otros casos se les tendrá por desistidas.

Así por este mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Bárbara Sánchez Esteban, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de octubre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/35.970/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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