Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131127-127

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

127
Procedimiento ordinario 317 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 317 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Tatiana Andrea Molano Quintana, frente a “Diego Gala, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 285 de 2013

En Madrid, a 25 de julio de 2013.—Vistos por mí, doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, los autos de procedimiento ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el número 317 de 2012, a instancias de doña Tatiana Andrea Molano Quintana, asistida de la letrada doña María del Pilar Sánchez Torres, contra la empresa “Diego Gala, Sociedad Limitada”, que no comparece, pese a estar citada en forma, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo al siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Tatiana Andrea Molano Quintana, asistida de la letrada doña María del Pilar Sánchez Torres, contra la empresa “Diego Gala, Sociedad Limitada”, que no comparece, pese a estar citada en forma, debo condenar y condeno a la empresa “Diego Gala, Sociedad Limitada”, al pago de doña Tatiana Andrea Molano Quintana la cantidad de 2.074,02 euros por los conceptos salariales especificados en el hecho probado segundo de la presente resolución (preaviso y diecisiete días de salario mes octubre 2011), que devengará el 10 por 100 de mora, y la cantidad de 3.501,16 euros, en concepto de indemnización por despido.

Notifíquese esta sentencia a las partes a las que advierte que no es firme, ya que con la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.

Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social de este Juzgado abierta en el “Banco Español de Crédito” con el número 2522, clave 61, sucursal 1033, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario, en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300,00 euros, en esa misma cuenta bancaria.

Asimismo, la parte recurrente, al interponer el recurso, habrá de justificar el abono de la tasa legalmente establecida para este tipo de recurso.

Así lo acuerda, manda y firma, doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez de refuerzo del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Diego Gala, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 23 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/35.950/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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