Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 282

Fecha del Boletín 
27-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131127-125

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

125
Ejecución 236 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 236 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Ovalle García, frente a “GDF Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima”, “Holdisan Inversiones, Sociedad Limitada”, “Inmobiliaria Balcano, Sociedad Limitada”, “Obsidione, Sociedad Limitada”, y “Transportes Aura, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Antonio Ovalle García, frente a “Holdisan Inversiones, Sociedad Limitada”, “Inmobiliaria Balcano, Sociedad Limitada”, “GDF Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima”, “Transportes Aura, Sociedad Anónima”, y “Obsidione, Sociedad Limitada”.

Con relación a las empresas “Transportes de Cercanías, Sociedad Anónima”, “Castillo de Alamín, Sociedad Limitada”, “Autobuses Urbanos del Sur, Sociedad Anónima”, y “Pulpi, Sociedad Limitada”, no ha lugar a despachar ejecución por encontrarse las mismas en situación de concurso de acreedores, si bien deberán ser oídas las partes y los administradores concursales en la comparecencia que se señalará en la resolución que se acompaña.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2517/0000/64/0236/13.

Se acuerda oír a “Obsidione, Sociedad Limitada”, “Transportes Aura, Sociedad Anónima”, “Holdisan Inversiones, Sociedad Limitada”, “Inmobiliaria Balcano, Sociedad Limitada”, y “GDF Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima”, y también las empresas “Transportes de Cercanías, Sociedad Anónima”, “Castillo de Alamín, Sociedad Limitada”, “Autobuses Urbanos del Sur, Sociedad Anónima”, y “Pulpi, Sociedad Limitada”, a través de sus administradores concursales, en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, quinta planta, 28008 Madrid, el día 20 de enero de 2014, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

En relación al escrito presentado por la parte actora en fecha 31 de octubre de 2013, únase a los autos de su razón. Se tiene por renunciado al procurador señor Zabala Falcó de la representación de la parte actora, y otorgada comparecencia “apud acta” a favor de la letrada doña Olga Zúñiga Durán.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Obsidione, Sociedad Limitada”, “Transportes Aura, Sociedad Anónima”, “Holdisan Inversiones, Sociedad Limitada”, “Inmobiliaria Balcano, Sociedad Limitada”, “GDF Autobuses Urbanos, Sociedad Anónima”, “Transportes de Cercanías, Sociedad Anónima”, “Castillo de Alamín, Sociedad Limitada”, “Autobuses Urbanos del Sur, Sociedad Anónima”, y “Pulpi, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/37.180/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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