Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2013

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131128-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MIRAFLORES DE LA SIERRA

PERSONAL

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Modificación plantilla personal

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional relativo a la modificación de la plantilla de personal de este Ayuntamiento, adoptado por acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2013, que tuvo por objeto la creación de la siguiente plaza:

— Denominación: tesorero/recaudador.

— Subescala: Administración General.

— Grupo de clasificación: A2.

— Nivel de complemento de destino: 23.

— Complemento específico: 9.549,64 euros anuales.

— Características o funciones principales: dirigir la gestión de los flujos financieros para atender las obligaciones de pago a su vencimiento, autorizar junto a los demás claveros la apertura de cuentas corrientes, la libranza de cheques contra las mismas, la jefatura del Servicio de Recaudación (incluye dictar providencias de apremio y de embargo), definición y dirección de la gestión tributaria municipal.

— Forma de provisión: concurso de méritos abierto a funcionarios de cualquier Administración Pública.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En Miraflores de la Sierra, a 8 de noviembre de 2013.—El alcalde, Juan Manuel Frutos Álvaro.

(03/37.358/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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