Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131130-53

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

53
Procedimiento ordinario 1.463 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.463 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mauro González Torrecilla, frente a “Superalia Limpiezas y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, y “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que debía rectificar y rectificaba la sentencia de fecha 5 de octubre de 2013 en el sentido de suprimir del fundamento de derecho quinto: “al no haber comparecido al acto del juicio oral”, permaneciendo idéntica en el resto.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso.

Así por este auto lo acuerda, manda y firma doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.—Doy fe.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Superalia Sistemas, Sociedad Limitada”, y “Superalia Limpiezas y Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de octubre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/36.366/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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