Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2013

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131202-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 4

69
Procedimiento ordinario 342 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 342 de 2011 se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Antecedentes de hecho:

Primero.—La representación procesal de don Emilio Torregrosa Ramón el día 27 de octubre de 2011 presenta demanda contra don Eduardo Ameljide Abellá y doña María Rosa Pascual Berrocal, en reclamación de 27.309,68 euros, la cual fue admitida a trámite en este Juzgado, previa subsanación del defecto advertido, por decreto de fecha 18 de noviembre de 2011.

Segundo.—Emplazados el codemandado don Eduardo Ameljide Abellá (por edictos, tras varios intentos infructuosos) y la codemandada doña María Rosa Pascual Berrocal, y transcurrido el plazo para contestar a la demanda sin hacerlo, por diligencia de fecha 17 de septiembre de 2013 se les declaró en rebeldía, señalando para la audiencia previa el día 6 de noviembre de 2013.

Tercero.—Celebrada la audiencia previa, por el actor se propuso como prueba la documental acompañada a la demanda, y de conformidad con lo previsto en el artículo 429.8 de la Ley de Enjuiciamiento Civil quedó el pleito visto para sentencia.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda presentada por la representación procesal de don Emilio Torregrosa Ramón, condeno a don Eduardo Ameljide Abellá y doña María Rosa Pascual Berrocal al pago de 27.309,68 euros, con sus intereses desde la presentación de la demanda, más las costas.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Eduardo Ameljide Abellá, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Pozuelo de Alarcón, a 12 de noviembre de 2013.—La secretaria (firmado).

(02/8.295/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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