Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
02-12-2013

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131202-35

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

URBANISMO

35
Modificación Puntual Planeamiento Urbanístico

Nueva exposición al público y rectificación de la aprobación provisional de la Modificación Puntual de planeamiento del artículo 4.37 del PGOU, para regular el cómputo de edificabilidad en los aparcamientos sobre rasante.

Por acuerdo de Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 28 de octubre de 2013, se acordó como consecuencia de lo establecido en resolución de la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de 27 de enero de 2011, sustituir el texto aprobado de la Modificación Puntual de referencia, acuerdo plenario número 13/103 de 31 de mayo de 2010, por el recogido en el citado acuerdo, asimismo se acordó someter el expediente a un nuevo periodo de información pública.

Lo que se hace público para general conocimiento, significando que el expediente al que se refiere el mencionado acuerdo, queda sometido a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al objeto de que durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren interesadas, puedan examinar dicho expediente en las Oficinas Municipales de la Concejalía de Urbanismo, Sección de Planeamiento y Gestión, plaza de los Reyes de España, número 1, segunda planta, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento, cuantas alegaciones estimen pertinentes a su derecho.

Alcorcón, 6 de noviembre de 2013.—El secretario general del Pleno, Gabriel Antonio Dotor Castilla.

(03/38.537/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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